Logo Gobierno de España - Dirección General del Catastro

Informe de validación gráfica

Descripción General

Ejemplo: Imagen de ejemplo del producto
Organización responsable: Dirección General del Catastro
Resumen general: El informe de validación gráfica es el resultado del servicio de validación de bases gráficas georreferenciadas alternativas, que permite saber si una representación gráfica alternativa ya elaborada, distinta de la catastral, cumple los requisitos técnicos de la Resolución conjunta de 26 de octubre de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado y de la Dirección General del Catastro, por la que se regulan los requisitos técnicos para el intercambio de información entre el Catastro y los Registros de la Propiedad, y de la Resolución de 26 de octubre de 2015, de la Dirección General del Catastro, por la que se regulan los requisitos técnicos para dar cumplimiento a las obligaciones de suministro de información por los notarios establecidas en el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, y en particular la compatibilidad con la representación de las parcelas que figuran en la cartografía catastral. El informe de validación gráfica es empleado en el proceso de coordinación Catastro-Registro.
El informe de validación gráfica se obtiene en la Sede Electrónica del Catastro tras aportar en ficheros GML INSPIRE de parcela catastral, la representación gráfica alternativa georreferenciada y validar los oportunos requisitos técnicos.
El informe de validación gráfica, en ningún caso valida que las operaciones jurídicas que dan lugar a la nueva configuración de las parcelas se ajusten a la legalidad vigente o dispongan de las autorizaciones necesarias de la administración o autoridad pública correspondiente.
Función: Validación de una representación gráfica alternativa georreferenciada
Utilización: El informe de validación es el medio idóneo para incluir la representación gráfica alternativa en una escritura. El informe de validación gráfica es un documento electrónico firmado por la Dirección general del Catastro mediante Código Seguro de Verificación. El informe de validación evita el intercambio físico de archivos informáticos, permite visualizar la nueva representación y habilita la captura automatizada de su contenido impidiendo posibles errores de transcripción.
Si el informe de validación fuera positivo contendrá la representación gráfica catastral que resultaría de la alteración catastral de las parcelas, un listado de coordenadas de sus vértices, y la superficie obtenida. Asimismo se incluirán en el mismo los datos del informe suscrito por técnico competente, cuando hubiera intervenido. Si los notarios o registradores incluyen en la escritura o inscriben la representación gráfica alternativa validada previamente por el Catastro, podrán incorporar el código seguro de verificación del informe positivo de validación para el envío de los datos gráficos al Catastro, que servirán para que éste realice la actualización o rectificación que corresponda.
Cuando el resultado de la validación fuera negativo, el informe, además de los errores o defectos advertidos, expresará, en su caso, las parcelas catastrales afectadas no incluidas en la representación gráfica remitida.
Tipo de datos: Gráficos
Idioma de los datos: Español
Documentos relacionados: Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria y del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (fundamentalmente los arts. 2, 3, 11, 14, 18, 33, 36, 38 a 49 y 53.1.b).
Ley Hipotecaria (fundamentalmente los arts. 9, 10 y 198 a 209).
Resolución conjunta de 26 de octubre de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado y de la Dirección General del Catastro, por la que se regulan los requisitos técnicos para el intercambio de información entre el Catastro y los Registros de la Propiedad.
Resolución de 26 de octubre de 2015, de la Dirección General del Catastro, por la que se regulan los requisitos técnicos para dar cumplimiento a las obligaciones de suministro de información por los notarios establecidas en el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Conjunto de datos relacionados: Cartografía catastral digital rústica y urbana.

Calidad del producto

Origen: Cartografía catastral digital

Sistema de referencia espacial

Sistema de referencia espacial directa: UTM m REGCAN95 zona 28, ETRS89 zonas 29,30,31. Datos 2D para la información gráfica

Ambito

Ambito superficial: Todo el territorio español excepto País Vasco y Navarra.
Área geográfica: Todo el territorio español excepto País Vasco y Navarra.

Datos administrativos

Derechos de autor: Dirección General del Catastro
Precio de la información: Gratuita
Unidad de distribución: Un informe de validación de la parcelación aportada
Soporte: Documento electrónico
Acceso en linea: Sede Electrónica del Catastro
Forma de solicitarlo / solicitud: Sede Electrónica del Catastro
Tiempo de entrega: Tramitación interactiva
Organizaciones responsables: Dirección General del Catastro. Paseo de la Castellana 272. Madrid 28046. España
Responsable de ventas: Buzón de Atención
icono flecha arriba